Administración transparente

Atestados y cuadrículas de encuestas

Cuadrículas de encuestas y atestados

Todos. 1.4. documento de certificación

Ficha resumen

Cuentas anuales

Presupuesto 3AMILANO 2021

Presupuesto 3AMILANO 2022

Estados financieros consolidados

Presupuesto de Sereni Orizzonti para 2019

Presupuesto Sereni Horizons 2020

Presupuesto Sereni Orizzonti 2021

Presupuesto Sereni Orizzonti 2022

Presupuesto Sereni Orizzonti 2023

Servicios chárter

Lista de espera

Los criterios para el ingreso de los huéspedes en las residencias sociosanitarias vienen definidos por los distintos procedimientos regionales vigentes y por las indicaciones contenidas en los distintos convenios. En las regiones en las que se concede al huésped el derecho a elegir el centro al que desea acudir, el procedimiento prevé una evaluación previa de la solicitud por parte de la dirección del centro y de las figuras socio-sanitarias competentes. La inclusión del huésped en la lista de espera es el resultado de la evaluación de varios criterios, es decir, el orden cronológico de la solicitud y las necesidades sanitarias y sociales del futuro huésped.

Emilia Romaña

Friul-Venecia Julia

Lazio

Liguria

Lombardía

Piamonte

Cerdeña

Sicilia

Toscana

Véneto

España
Demanda colectiva
DECRETO LEGISLATIVO 231
Transparencia, acceso cívico

Generalizado

El acceso cívico generalizado (artículo 5, apartado 2, del Decreto Legislativo n.º 33/2013) se refiere a los datos, documentos e informaciones adicionales a los que la empresa está obligada a publicar, respetando los límites relativos a la protección de los intereses jurídicamente relevantes y las prohibiciones legales.
El responsable del acceso cívico generalizado es el director de estructura.
La solicitud de acceso cívico generalizado con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Decreto Legislativo n.º 33/2013 deberá identificar los datos, información o documentos solicitados y podrá presentarse de forma alternativa:
- 1. A la dirección de correo electrónico accessocivico@sereniorizzonti.It
- 2. En persona en la dirección del udo de referencia

Regístrese en

Simple

El acceso cívico simple (artículo 5, apartado 1, del Decreto Legislativo n.º 33/2013) se refiere a datos, documentos e información sujetos a publicación obligatoria, si se ha omitido su publicación.
El responsable del acceso cívico sencillo es el director de estructuras.
La solicitud de acceso cívico simple con arreglo al artículo 5, apartado 1, del Decreto Legislativo n.º 33/2013 deberá identificar los datos, la información o los documentos solicitados y podrá presentarse de forma alternativa:
- 1. A la dirección de correo electrónico accessocivico@sereniorizzonti.It
- 2. En persona en la dirección del udo de referencia

Denuncia de irregularidades

Formulario de información de conformidad con el Decreto Legislativo 24/2023

Certificaciones